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Plan de choque de 15 M€ para renovar el equipamiento de hostelería

El Gobierno aprueba 15 millones de euros en ayudas directas para que autónomos y empresas de hostelería (CNAE 55 y 56) renueven sus equipamientos. Solicitudes del 5 de agosto al 30 de septiembre de 2026.

Brian Mena
6 min de lectura
Plan de choque de 15 M€ para renovar el equipamiento de hostelería

Por Redacción Conversor IAE CNAE, especialistas fiscales. Actualizado: 1 de agosto de 2026.

El Consejo de Ministros ha aprobado un plan de choque con 15 millones de euros en ayudas hostelería para que los establecimientos renueven sus equipos por otros de menor consumo energético. Las ayudas, de entre 5.000 y 11.000 euros por establecimiento, están dirigidas a autónomos y empresas encuadrados en los CNAE 55 y 56 y se solicitan del 5 de agosto al 30 de septiembre de 2026.

¿En qué consiste el Real Decreto 638/2026?

El Real Decreto 638/2026, de 29 de julio, publicado en el BOE el 30 de julio de 2026 y en vigor desde el 31 de julio, regula la concesión directa de ayudas para impulsar un plan de choque para la renovación de equipamiento en el sector de la hostelería. La norma se enmarca en el contexto de inestabilidad de los precios energéticos derivado del conflicto en Oriente Medio y busca reducir los costes operativos de uno de los sectores más relevantes de la economía española.

La hostelería representa el 6,7 % del PIB nacional, concentra más de 300.000 establecimientos y da empleo a 1,85 millones de personas. Sin embargo, más del 96 % de las empresas turísticas son microempresas o no tienen asalariados, lo que limita su capacidad para afrontar subidas de costes energéticos que han sufrido incrementos de entre el 20 % y el 25 %, según la exposición de motivos del real decreto.

«La cuantía total de este plan de choque será de 15 millones de euros», según recoge el BOE, y estas ayudas hostelería se concederán «por orden de presentación de las solicitudes completas, hasta agotarse el presupuesto disponible».

¿Quién puede solicitar estas ayudas?

Podrán ser beneficiarios tanto personas físicas como jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica que cumplan tres requisitos:

1. Estar dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT.2. Ser titulares de uno o varios establecimientos hosteleros ubicados en España.3. Tener la actividad clasificada en los siguientes códigos CNAE:

| División CNAE | Descripción ||---|---|| 55 | Servicios de alojamiento (hoteles, alojamientos turísticos, campings, etc.) || 56 | Servicios de comidas y bebidas (restaurantes, catering, bares, etc.) |

Esto incluye tanto a autónomos con un pequeño bar o restaurante como a cadenas hoteleras, siempre que cada establecimiento tenga un CNAE de los grupos 55 o 56. Una misma empresa puede recibir varias ayudas si son para establecimientos diferentes.

Si todavía no tienes claro tu código CNAE o tu epígrafe IAE, puedes consultarlos en el conversor IAE-CNAE de Conversor IAE CNAE.

Cuantías, plazos y cómo se solicita

Dotación y cuantía por establecimiento

La cuantía total del plan de choque es de 15 millones de euros, repartidos en 1 millón con cargo a los Presupuestos de 2026 y 14 millones a los de 2027. Cada establecimiento podrá recibir:

| Concepto | Importe ||---|---|| Cuantía mínima | 5.000 € (excluido IVA) || Cuantía máxima | 11.000 € (excluido IVA) || Intensidad máxima | Hasta el 100 % del coste subvencionable |

Plazo de solicitudes

El plazo para presentar solicitudes va desde el 5 de agosto de 2026 a las 10:00 horas hasta el 30 de septiembre de 2026 a las 15:00 horas. Si el crédito se agota antes, se publicará una resolución de cierre en el portal de ayudas del Ministerio de Industria y Turismo.

Las solicitudes se tramitan por orden de presentación —no hay concurrencia competitiva—, así que conviene presentar la documentación cuanto antes.

¿Qué gastos cubre la ayuda?

La ayuda financia la sustitución de electrodomésticos o maquinaria industrial hostelera por otra de menor consumo energético. Quedan expresamente excluidos los equipos que utilicen combustibles fósiles, incluido el gas natural. También cubre:

  • Costes de ejecución de obras e instalaciones necesarias.
  • Gestión de residuos generados por la renovación.
  • Honorarios del técnico para el certificado de eficiencia energética.
  • Gastos de gestión de la solicitud (máximo 4 % del coste del equipamiento).
  • Gastos de justificación de la ayuda (máximo 7 % del coste del equipamiento).

Cómo se presenta la solicitud

La tramitación es íntegramente electrónica a través del portal de ayudas del Ministerio de Industria y Turismo: https://www.mintur.gob.es/PortalAyudas. Junto con el formulario deberás aportar:

  • Memoria descriptiva de la actuación y justificación del ahorro energético.
  • Certificado de alta en el Censo de Empresarios de la AEAT.
  • Documento oficial con el código CNAE actualizado (modelo 200 del IAE o Informe de Situación de CCC).
  • Factura o presupuesto del equipamiento a renovar.

Régimen de concesión y obligaciones

Las ayudas se conceden de forma directa, sin concurrencia competitiva, y están acogidas al régimen de minimis del Reglamento (UE) 2023/2831. El límite máximo por empresa es de 300.000 euros en un período de tres años.

Una vez notificada la resolución de concesión, el beneficiario dispone de un mes para ejecutar y pagar las actuaciones. También pueden imputarse gastos realizados desde el 1 de marzo de 2026, lo que permite incluir renovaciones ya ejecutadas. Tras la ejecución, hay 15 días naturales para presentar la documentación justificativa.

Importante: deberás acreditar el ahorro energético mediante la etiqueta del nuevo equipo o, si esta no existe, mediante un certificado de perito industrial colegiado.

Antes y después: lo que cambia para el autónomo hostelero

| Aspecto | Antes del RD 638/2026 | Con el RD 638/2026 ||---|---|---|| Ayuda estatal para renovar equipamiento | No existía línea específica de ayudas directas para hostelería | Ayuda de 5.000 a 11.000 € por establecimiento || Plazo para actuar | Sin ventana definida | Solicitudes del 5 de agosto al 30 de septiembre de 2026 || Cobertura de costes | El autónomo asumía el 100 % de la inversión | Hasta el 100 % del coste subvencionable || Gastos retroactivos | No contemplados | Imputables desde el 1 de marzo de 2026 || Colectivo objetivo | Sin focalización por CNAE | CNAE 55 y 56 (alojamiento y restauración) |

> Nota importante: esta información tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal. Consulta con tu gestoría antes de presentar tu solicitud para verificar que cumples todos los requisitos.

Próximos pasos

Si eres autónomo o titular de un negocio de hostelería encuadrado en los CNAE 55 o 56, el primer paso es asegurarte de que tu código de actividad está correctamente dado de alta en la AEAT y coincide con tu epígrafe del IAE. Podéis comprobar la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE y, a partir del 5 de agosto, presentar la solicitud en la sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo.

Recuerda que las ayudas se conceden por orden de presentación hasta agotar los 15 millones de euros, por lo que conviene preparar la documentación con antelación. Si quieres estar al día de todas las novedades regulatorias que afectan a autónomos y pymes, suscríbete a nuestra newsletter fiscal.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir las ayudas del Real Decreto 638/2026?

Autónomos y empresas dados de alta en la AEAT que sean titulares de establecimientos hosteleros con actividad clasificada en los CNAE 55 (servicios de alojamiento) o 56 (servicios de comidas y bebidas).

¿Cuánto dinero puedo recibir por establecimiento?

Entre 5.000 y 11.000 euros, excluido el IVA. La ayuda puede cubrir hasta el 100 % del coste subvencionable.

¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?

Desde el 5 de agosto de 2026 a las 10:00 horas hasta el 30 de septiembre de 2026 a las 15:00 horas, o hasta que se agote el presupuesto de 15 millones de euros.

Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social — datos del código verificados contra la base de datos de conversoriaecnae.es

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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