Saltar al contenido

CNAE 2025: plazo general de 1 mes (modelo 036) · Verificar código →

Iniciar sesiónEmpezar gratis

Certificado de estar al corriente de pago: AEAT y Seguridad Social

Por Brian Mena GómezActualizado

El certificado de estar al corriente de pago acredita que no tienes deudas pendientes: existen dos certificados independientes, uno de la AEAT (obligaciones tributarias) y otro de la Tesorería General de la Seguridad Social (cuotas). Ambos se solicitan online con Cl@ve o certificado digital y suelen entregarse de forma inmediata si el resultado es positivo.

Pasos para certificado de estar al corriente de pago

  1. Paso 1: Identifica qué certificado necesitas: AEAT o TGSS

    Son dos certificados independientes de organismos distintos: uno certifica tus obligaciones tributarias (AEAT) y otro tus cuotas de la Seguridad Social (TGSS). Presentar uno no acredita el otro; muchos trámites (subvenciones, contratación pública) exigen ambos a la vez.

  2. Paso 2: Solicita el certificado de la AEAT en la Sede Electrónica

    Entra en «Todas las gestiones» → «Certificados» → «Situación tributaria», identifícate con Cl@ve, certificado o DNI electrónico y marca el tipo de certificado que necesitas (contratar con el sector público, subvenciones, autorizaciones de trabajo/residencia o genérico). Si el resultado es positivo y actúas en tu propio nombre, se descarga al momento.

    AEAT — Solicitud del certificado de estar al corriente
  3. Paso 3: Solicita el certificado de la Seguridad Social en Import@ss

    En Import@ss, dentro de «Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social e informes de deuda», puedes comprobar si tienes deuda y descargar el documento en PDF. Con identificación electrónica el trámite es inmediato; sin ella, deberás aportar tus datos, un selfie y una foto de tu DNI o NIE.

    Import@ss — Certificados de estar al corriente
  4. Paso 4: Si el resultado es negativo, revisa la deuda antes de repetir la solicitud

    Si la AEAT deniega el certificado, suele ser por deudas pendientes o por no haber presentado alguna declaración. Si la TGSS detecta deuda, te ofrece un segundo documento con el número de referencia, los periodos y los importes pendientes para poder regularizarlos.

Recibe la guía del certificado de estar al corriente por email

Te enviamos esta guía en PDF con los pasos para solicitar el certificado de la AEAT y el de la Seguridad Social, con y sin identificación electrónica.

Preguntas frecuentes

¿El certificado de Hacienda sirve también para la Seguridad Social?

No. Son dos certificados independientes emitidos por organismos distintos: la AEAT certifica tus obligaciones tributarias (art. 74 del Real Decreto 1065/2007) y la TGSS certifica tus cuotas de la Seguridad Social. Presentar uno no acredita el otro, aunque muchos trámites (subvenciones, contratos públicos) piden ambos.

¿Necesito certificado digital para solicitarlo?

Para la vía más ágil sí: Cl@ve, certificado digital o DNIe en ambos organismos. Si no dispones de identificación electrónica, la Seguridad Social permite solicitarlo aportando tus datos, un selfie y una foto de tu documento de identidad; la AEAT permite pedir cita presencial o telefónica.

¿Cuánto tarda en emitirse el certificado?

Si el resultado es positivo y lo solicitas en tu propio nombre (o mediante apoderado) con certificado electrónico o Cl@ve, ambos organismos lo entregan de forma inmediata en PDF. Si es negativo o se tramita presencialmente, el plazo depende de la unidad que lo gestione.