CNAE 90.1: Creación artística — guía fiscal para autónomos
El CNAE 90.1 clasifica a escritores, compositores musicales y artistas visuales. Guía práctica con los impuestos, el alta en Hacienda y las obligaciones trimestrales del autónomo cultural.

El CNAE 90.1 (CNAE 901) es el código de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas que necesitan los autónomos del sector cultural — escritores, compositores musicales, artistas plásticos y visuales — para darse de alta en Hacienda y la Seguridad Social y facturar profesionalmente sus obras originales en España.
Por Alma, especialista fiscal. Actualizado: 6 de agosto de 2026.
El CNAE 901 clasifica a los profesionales independientes que generan obras originales en los ámbitos literario, musical y de las artes visuales, y determina el régimen de IVA e IRPF que les corresponde como autónomos.
¿Qué actividades cubre el CNAE 90.1?
Según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas del Instituto Nacional de Estadística (INE), el grupo 90.1 comprende:
- Creación literaria: escritores de ficción, redacción de guiones, traducción literaria y servicios de escritura independiente.
- Composición musical: compositores, arreglistas y creadores de partituras originales.
- Artes visuales: pintores, escultores, grabadores, artistas plásticos y cualquier profesional que produzca obras visuales originales.
Se trata de un código de nivel «grupo» (dos dígitos + un dígito), que está dentro de la división CNAE 90 — Actividades de creación artística y artes escénicas —, pero no debéis confundirlo con los códigos de artes escénicas en vivo (teatro, conciertos, danza) que van por otras ramas. La descripción oficial del INE lo resume así: «Este grupo comprende las actividades relacionadas con la creación literaria, la composición musical, las artes visuales y actividades relacionadas».
Impuestos aplicables al CNAE 90.1
IVA: tipo general del 21 %
Las actividades del CNAE 90.1 tributan en el régimen general de IVA, con el tipo impositivo del 21 %. Esto significa que cada factura que emitáis como artista o escritor debe incluir el 21 % de IVA repercutido, salvo que el cliente esté fuera de la UE (en cuyo caso aplican las reglas de localización del hecho imponible).
No existe un tipo reducido para la creación artística como actividad profesional — el tipo reducido del 10 % se reserva para entradas a espectáculos y ciertos servicios culturales, no para la producción de la obra en sí.
IRPF: estimación directa simplificada
El régimen por defecto es la estimación directa simplificada, que os permite deducir un 5 % de los rendimientos netos en concepto de gastos de difícil justificación, con un tope de 2.000 € anuales. Si superáis los 600.000 € de ingresos anuales pasáis a estimación directa normal. No sois elegibles para el régimen de módulos (estimación objetiva).
En cuanto a retenciones, Hacienda aplica el 15 % de retención de IRPF en vuestras facturas cuando facturéis a empresarios o profesionales, salvo que se trate de las primeras facturas a un cliente cuyo importe total sea inferior a 3.000 €.
| Concepto | CNAE 90.1 (creación artística) | CNAE 90.3 (apoyo a la creación) ||----------------------------|--------------------------------------|---------------------------------------|| IVA | 21 % (general) | 21 % (general) || IRPF | Estimación directa simplificada | Estimación directa simplificada || Retención IRPF | 15 % (profesional) | 15 % (profesional) || Elegible para módulos | No | No || Pluriactividad frecuente | Sí | Sí |
Cómo daros de alta con el CNAE 90.1
Si vais a empezar a emitir facturas como artista, escritor o compositor, estos son los pasos:
1. Alta censal en Hacienda (modelo 036 o 037). Solicitad el CNAE 90.1 en la casilla correspondiente. Las casillas relevantes del modelo 036 son la 111 (datos del representante), 127 (datos de la actividad), 402 (código CNAE) y 514 (obligaciones trimestrales).2. Alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Desde enero de 2023, la cuota se calcula en función de los rendimientos netos reales. Como artista, es muy probable que estéis en situación de pluriactividad (combináis creación artística con docencia, trabajos por cuenta ajena u otras fuentes de ingresos), así que revisad bien vuestro tramo con la Seguridad Social.3. Declaración censal de inicio de actividad. Indicad la fecha de inicio, el epígrafe y el tipo de actividad (profesional, artística).4. Libros registro. Llevad un registro de facturas emitidas y recibidas, y conservad toda la documentación de gastos deducibles: materiales de estudio, alquiler de taller, viajes profesionales, suscripciones a herramientas creativas, etc.
El sector de la creación artística tiene un riesgo fiscal bajo si lleváis correctamente los gastos, pero hay un punto que requiere atención especial: el contrato de cesión de derechos de autor. Si facturáis por cesión de derechos en lugar de por prestación de servicios, la fiscalidad cambia y puede implicar retenciones diferentes; consulta a tu gestoría antes de firmar este tipo de contratos.
Obligaciones trimestrales y resumen anual
Como autónomo en CNAE 90.1, cada trimestre presentaréis:
- Modelo 130 (IRPF): pago fraccionado del 20 % sobre el rendimiento neto del trimestre.
- Modelo 303 (IVA): autoliquidación del IVA repercutido menos el IVA soportado.
Al cierre del año, el modelo resumen anual de IVA (modelo 390) es obligatorio salvo que os acojáis a alguna de las exenciones previstas.
Si lleváis una gestoría, recordadles que verifiquen la correcta clasificación de los ingresos por derechos de autor frente a los ingresos por servicios profesionales, porque Hacienda los trata de forma distinta a efectos de retenciones y de la base imponible del IRPF.
Relación con otros códigos CNAE del sector
El CNAE 90.1 está dentro de la división CNAE 90 — Actividades de creación artística y artes escénicas. Si vuestra actividad es más concreta, revisad también:
- CNAE 90.11 — Creación literaria y composición musical, si os dedicáis exclusivamente a escribir o componer.
- CNAE 90.12 — Creación de artes visuales, para pintores, escultores y artistas plásticos.
- CNAE 90.3 — Actividades de apoyo a la creación artística, si vuestro trabajo es de producción, gestión o asistencia técnica al sector artístico.
Próximos pasos
Si aún no tenéis claro si el CNAE 90.1 es vuestro código exacto o si necesitáis el equivalente en el IAE, comprobad la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE. También podéis consultar el detalle completo de este código en la página del CNAE 90.1 en Conversor IAE CNAE.
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Este contenido tiene carácter educativo y no constituye asesoramiento fiscal; para vuestro caso concreto, consulta a tu gestoría.
Preguntas frecuentes
¿Qué profesionales necesitan el CNAE 90.1?
El CNAE 90.1 es obligatorio para escritores independientes, compositores musicales, pintores, escultores, artistas plásticos y cualquier profesional que cree obras artísticas originales y las facture como autónomo. Cubre la creación literaria, la composición musical y las artes visuales.
¿Qué IVA se aplica con el CNAE 90.1?
Las actividades del CNAE 90.1 tributan al tipo general del 21 % de IVA. No existe un tipo reducido para la creación artística como actividad profesional, ya que el 10 % reducido se reserva para entradas a espectáculos, no para la producción de obras.
¿Cuál es el régimen de IRPF para artistas autónomos?
El régimen por defecto es la estimación directa simplificada, que permite deducir un 5 % de los rendimientos netos como gastos de difícil justificación, con un tope de 2.000 € anuales. Los artistas no son elegibles para el régimen de módulos.
¿Qué retención de IRPF aplica en las facturas de un artista?
La retención de IRPF aplicable es del 15 % cuando facturéis a empresarios o profesionales. Esta retención no se aplica en las primeras facturas a un cliente nuevo cuyo importe total anual sea inferior a 3.000 €.
Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social — datos del código verificados contra la base de datos de conversoriaecnae.es

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


