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CNAE 52.24: manipulación de mercancías para autónomos

Guía práctica del CNAE 52.24: qué actividades de manipulación de mercancías cubre, su equivalencia con el IAE 751.6 y cómo tributa un autónomo.

Brian Mena
4 min de lectura
Guía del código CNAE 52.24

La manipulación de mercancías del CNAE 52.24 agrupa la carga, la descarga y la estiba de todo tipo de cargas, sin importar el medio de transporte, y también el alquiler de grúas con operador. Si trabajáis por cuenta propia en este sector, aquí tenéis lo esencial para daros de alta y facturar correctamente.

Por Brian Mena, especialista fiscal. Actualizado: 20 de agosto de 2026.

¿Qué es el CNAE 52.24 y qué actividades comprende?

El CNAE 52.24, «Manipulación de mercancías», pertenece a la categoría de transporte (código integro H52.24). Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), esta clase comprende:

  • la carga y descarga de mercancías y equipaje, independientemente del modo de transporte utilizado;
  • las operaciones de estiba;
  • la carga y descarga de los vagones de mercancías ferroviarios;
  • el alquiler y leasing de grúas pórtico, grúas abatibles y grúas móviles autopropulsadas, con operador, para actividades de manipulación de cargas;
  • el movimiento de cargas en plantas industriales.

Queda fuera de esta clase el transporte o movimiento de objetos dentro de una planta industrial por cuenta de terceros cuando se usan carreteras abiertas al tráfico (CNAE 49.41), la explotación de servicios de terminales (CNAE 52.21, 52.22 y 52.23) y la intermediación para el transporte de mercancías (CNAE 52.31). Si dudáis entre la manipulación y la intermediación, revisad la actividad real antes de elegir el código.

Equivalencia IAE: del CNAE 52.24 al epígrafe que tocáis

El CNAE 52.24 no se traduce en un único epígrafe del IAE. Su correspondencia más directa está en los epígrafes de actividades anexas al transporte:

| Actividad (CNAE 52.24) | IAE asociado | Qué cubre ||---|---|---|| Carga y descarga de mercancías | 751.6 | Servicios de carga y descarga de mercancías || Carga y descarga en buques | 752.6 | Servicios de carga y descarga de buques || Anexas al transporte terrestre | 751 | Actividades anexas al transporte terrestre |

Para el trabajo de carga y descarga en tierra, el epígrafe 751.6, Servicios de carga y descarga de mercancías, es el que más se acerca. Si operáis en puerto, mirad también el 752.6 de carga y descarga de buques.

Fiscalidad del CNAE 52.24 para un autónomo

La manipulación de mercancías tributa en IVA al 21% y, para un autónomo, en IRPF por estimación directa simplificada con retención del 15% en factura.

Los datos fiscales que debéis manejar si os dais de alta en el CNAE 52.24:

  • IRPF: el régimen por defecto es la estimación directa simplificada, siempre que no superéis los 600.000 € anuales de ingresos.
  • Módulos: no suele ser elegible, porque la manipulación de mercancías tiene naturaleza de servicio de transporte complementario.
  • IVA: se aplica el tipo general del 21%.
  • Retención de IRPF en factura: del 15%, que se reduce al 7% durante el primer año de actividad.
  • Subcontratación: es frecuente en este sector, lo que eleva el riesgo de inspección si se clasifican mal las subcontrataciones o el IVA de los servicios de carga y descarga. Conservad los partes de trabajo y los contratos con clientes.

Cómo darse de alta en el CNAE 52.24

El alta sigue el trámite habitual del autónomo, con algunos matices de casillas que conviene revisar en el modelo 036:

1. Alta en RETA: tramitadla en la Seguridad Social antes de empezar a facturar.2. Modelo 036 o 037: al declarar la actividad, indicad el CNAE 52.24 y prestad atención a las casillas 111, 127, 402, 514 y 418.3. Modelo 303 (IVA): presentación trimestral del IVA al tipo general del 21%.4. Modelo 130 (IRPF): pago fraccionado trimestral si tributáis por estimación directa simplificada.

Podéis revisar el detalle del CNAE 52.24 en el conversor y consultar los modelos en la sede electrónica de la AEAT.

Próximos pasos

Antes de daros de alta, comprobad la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE, porque un error de clasificación entre el 52.24 y el 49.41 o el 52.31 cambia el régimen y el riesgo de inspección. Si lleváis una gestoría, revisad con ella el modelo 036 antes de presentarlo.

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Este contenido tiene carácter educativo y no constituye asesoramiento fiscal; para vuestro caso concreto, consulta a tu gestoría.

Preguntas frecuentes

¿El CNAE 52.24 es compatible con el régimen de módulos?

No. La manipulación de mercancías no suele ser elegible para módulos, porque tiene naturaleza de servicio de transporte complementario. El régimen por defecto en IRPF es la estimación directa simplificada, siempre que no se superen los 600.000 € anuales.

¿Qué IVA y retención de IRPF aplico facturando con el CNAE 52.24?

En IVA se aplica el tipo general del 21%. La retención de IRPF en factura es del 15% para autónomos de este sector, que se reduce al 7% durante el primer año de actividad. Ante cualquier duda sobre tu caso, consulta a tu gestoría.

¿Qué epígrafe del IAE corresponde al CNAE 52.24?

El equivalente más directo es el 751.6, Servicios de carga y descarga de mercancías, dentro de las actividades anexas al transporte terrestre. Si operáis en puerto, revisad también el 752.6 de carga y descarga de buques.

Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social — datos del código verificados contra la base de datos de conversoriaecnae.es

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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