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IAE 645: Comercio menor de vinos y bebidas — guía para autónomos

El IAE 645 regula la venta al por menor de vinos y bebidas de todas clases. Actividades cubiertas, exclusiones, alta censal, CNAE equivalente 47.25 y fiscalidad.

Brian Mena
5 min de lectura
Guía del código IAE 645

El IAE 645 regula el comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases e incluye desde la venta de botellas de vino para consumir fuera del establecimiento hasta el reparto a domicilio de hielo y agua potable en botellones, según la clasificación oficial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

El IAE 645 es el epígrafe que necesitáis para toda venta minorista de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, excluyendo el comercio mayorista y los establecimientos de alimentación general.

Por el equipo editorial de Conversor IAE CNAE, especialistas fiscales. Actualizado: 9 de agosto de 2026.

¿Qué actividades cubre el IAE 645?

Según la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), el epígrafe 645 del Impuesto de Actividades Económicas — «Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases» — es un grupo de la sección primera de las Tarifas del IAE con código íntegro A645. La fuente oficial de esta clasificación es la propia AEAT, con última actualización del 15 de septiembre de 2025.

Las actividades concretas que abarca, basadas en consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos y en la información pública de la AEAT (programa INFORMA), son:

  • Venta de botellas de vino para consumir fuera del establecimiento.
  • Venta al por menor de agua natural no envasada.
  • Reparto a domicilio de hielo, agua potable en botellones o garrafas que se instalan en aparatos refrigerantes.
  • Venta de agua por teléfono con servicio a domicilio.
  • Venta de hielo transportado en furgones frigoríficos.
  • Distribución de bebidas y cervezas adquiridas por cuenta propia, mediante camiones, a bares y restaurantes.
  • Suministro de agua potable en botellones o garrafas junto con los vasos de plástico.
  • Venta de bebidas y refrescos al por menor.

Lo que el IAE 645 NO cubre

Es importante que conozcáis los límites de este epígrafe para no daros de alta en el código equivocado:

  • Comercio mayorista de bebidas: si vendéis al por mayor a otros negocios, vuestro epígrafe es el IAE 612.6 «Comercio mayorista de bebidas y tabaco».
  • Tiendas de alimentación general: si vendéis bebidas junto con otros productos alimenticios, puede que os corresponda alguno de los epígrafes del grupo 647 (por ejemplo, IAE 647.1 si la superficie es inferior a 120 m²).
  • Heladerías: la venta de helados va por el IAE 644.4.

Cómo darse de alta en el IAE 645

Si vais a abrir una tienda de vinos y bebidas o a distribuir bebidas al por menor, estos son los pasos:

1. Modelo 840 de la AEAT: presentáis la declaración de alta en el IAE comunicando el epígrafe 645. Si vuestra actividad encaja en un código más específico dentro del grupo 645, usad ese subepígrafe.

2. CNAE equivalente: el IAE 645 está asociado al CNAE 47.25 «Comercio al por menor de bebidas en establecimientos especializados». Al daros de alta en Hacienda mediante el modelo 036 o 037, comunicad este CNAE como actividad principal.

3. Licencias y autorizaciones: la venta de bebidas alcohólicas requiere licencia municipal específica y puede estar sujeta a la normativa autonómica sobre horarios comerciales y venta de alcohol. Consultad con vuestro ayuntamiento.

4. Régimen de IVA: las bebidas alcohólicas tributan al tipo general del 21%, mientras que el agua y algunas bebidas no alcohólicas pueden tributar al tipo reducido — consulta a tu gestoría para determinar el tipo aplicable a cada producto de vuestro catálogo.

Tabla comparativa: IAE 645 vs epígrafes relacionados

| Epígrafe | Descripción | ¿Cuándo usarlo? ||---|---|---|| IAE 645 | Comercio menor de vinos y bebidas | Tienda especializada en bebidas, venta minorista de vinos y licores || IAE 612.6 | Comercio mayorista de bebidas y tabaco | Vendéis al por mayor a hostelería u otros minoristas || IAE 644.4 | Comercio menor de helados | Vuestra actividad principal son los helados || IAE 647.1 | Comercio menor de alimentación y bebidas (< 120 m²) | Vendéis bebidas junto con otros productos alimenticios en local pequeño || IAE 647.2 | Comercio menor de alimentación y bebidas (≥ 120 m²) | Superficie de venta superior a 120 m² con surtido mixto |

Implicaciones fiscales y del IAE para autónomos

El IAE 645 es un epígrafe de la sección primera, lo que significa que está sujeto a la cuota del impuesto en función del municipio donde ejerzáis la actividad. Tened en cuenta que:

  • Exención por facturación: si sois persona física y vuestra cifra de negocio no supera el millón de euros, estáis exentos del pago de la cuota del IAE. Sin embargo, la obligación de darse de alta en el epígrafe 645 se mantiene.
  • Recargo de equivalencia: si vendéis exclusivamente al consumidor final y sois minoristas, puede que os apliquen el recargo de equivalencia en el IVA — consulta a tu gestoría si este régimen especial os conviene.
  • Cotización de autónomos: si lleváis una gestoría, recordad que el IAE 645, al ser un comercio minorista, puede influir en la cotización por cese de actividad y en la tarifa de primas de accidentes de trabajo.

La clasificación oficial proviene de la sede electrónica de la AEAT, fuente primaria de las Tarifas del IAE. Para consultas vinculantes sobre vuestra actividad concreta, podéis elevar una consulta a la Dirección General de Tributos.

Este contenido tiene carácter educativo y no constituye asesoramiento fiscal; para vuestro caso concreto, consulta a tu gestoría.

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Próximos pasos

Si estáis valorando abrir una tienda de vinos y bebidas o iniciar un negocio de distribución minorista de bebidas, comprobad la equivalencia exacta de vuestro epígrafe en el conversor IAE-CNAE para aseguraros de que elegís el código correcto desde el primer día y evitáis problemas con Hacienda.

Preguntas frecuentes

¿El IAE 645 cubre la venta de bebidas alcohólicas por internet?

Sí. La venta online de vinos y bebidas alcohólicas al consumidor final se engloba en el IAE 645, siempre que sea venta al por menor. Necesitaréis además las autorizaciones administrativas pertinentes para la venta de alcohol a distancia según la normativa autonómica.

¿Qué diferencia hay entre el IAE 645 y el IAE 612.6?

El IAE 645 es para la venta al por menor (al consumidor final). El IAE 612.6 es para el comercio mayorista, es decir, cuando vendéis a bares, restaurantes u otros minoristas. Si hacéis ambas cosas, debéis daros de alta en los dos epígrafes.

Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social — datos del código verificados contra la base de datos de conversoriaecnae.es

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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