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IAE 622: Comercio mayorista productos recuperación

El IAE 622 es la clasificación fiscal española que identifica la actividad de comercio mayorista de productos de recuperación no especificados en otros grupos.

Brian Mena
6 min de lectura
Imagen de IAE 622

IAE 622: Comercio mayorista de productos de recuperación

¿Qué es el IAE 622?

El IAE 622 es la clasificación fiscal española que identifica la actividad de comercio mayorista de productos de recuperación no especificados en otros grupos. Esta categoría engloba la compraventa al por mayor de residuos y desechos reutilizables como papeles y periódicos usados, desechos de cartón, trapos usados, residuos de vidrio, filtros usados, aceite de automóvil usado, huesos de aceitunas triturados y cartuchos de tinta vacíos de impresoras.

En 2026, este código se mantiene como una clasificación fundamental dentro del sector de la economía circular y recuperación de materiales en España. Su importancia ha aumentado significativamente debido a las regulaciones ambientales más estrictas (Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados) que impulsan la reutilización y el reciclaje.

Características principales del IAE 622:

1. Actividad mayorista: Implica volúmenes significativos de compra y venta2. Enfoque en recuperación: Los productos son residuos o desechos con valor de mercado3. Regulación dual: Fiscal (IAE) y ambiental (licencias autonómicas)4. Códigos CNAE asociados: 38.21 (Recuperación de productos de desecho) y 46.87 (Comercio mayorista de residuos y desechos)

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¿Para quién es relevante el IAE 622?

Este código es obligatorio para:

  • Empresas de reciclaje y recuperación que compran y revenden residuos
  • Gestores de residuos que comercializan materiales recuperados
  • Autónomos dedicados al acopio y venta de papeles, cartón o vidrio usado
  • Intermediarios de residuos que conectan productores con recicladores
  • Empresas de logística inversa que recogen y comercializan residuos

Ejemplos prácticos en 2026:

  • Una empresa que recoge cartuchos de tinta vacíos en oficinas y los vende a plantas de reciclaje
  • Un gestor que acopía periódicos usados y los vende a papeleras
  • Un negocio que compra trapos usados de lavanderías y los revende a industrias textiles
  • Una cooperativa que recoge vidrio de contenedores y lo comercializa con fabricantes

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Obligaciones fiscales y administrativas 2026

1. Registro y alta en IAE

Antes de iniciar actividad, debes:

  • Solicitar el alta en el IAE ante la Administración Tributaria
  • Obtener el certificado IAE (documento que acredita tu clasificación)
  • Incluir el epígrafe 622 en tu declaración censal

Te recomendamos consultar nuestra guía sobre certificado IAE para los trámites exactos.

2. Licencia ambiental obligatoria

Es el requisito más crítico. Según la Ley 7/2022:

  • Debes obtener licencia ambiental de tu comunidad autónoma
  • Algunos residuos requieren autorización de gestor de residuos
  • Necesitarás registro de productor de residuos si generas residuos peligrosos
  • La licencia es previa al alta en IAE (no al revés)

Plazos típicos: 2-4 meses según región. En agosto de 2026, muchas administraciones tienen períodos más lentos.

3. Obligaciones contables y fiscales

  • Obligatorio por ley ambiental
  • Incluir: origen, cantidad, tipo, destino, transportista, fecha
  • Conservar 5 años

Libro de registro de residuos:

  • Facturación electrónica obligatoria a otros empresarios
  • Presentación al SII en tiempo real
  • Emisión de justificantes a clientes

Facturación 2026:

  • IVA: 21% estándar (algunas exenciones posibles según residuo)
  • IRPF: Si eres autónomo, tributarás por estimación directa o módulos
  • Impuesto sobre Actividades Económicas: Cuota anual según ingresos

Impuestos a declarar:

  • Hasta 600.000€: contabilidad simplificada permitida
  • Más de 600.000€: contabilidad completa obligatoria

Límites de facturación 2026:

4. Trazabilidad y documentación

  • Mantener documentación de cada compra de residuos
  • Certificados de destino final de los residuos
  • Documentos de transporte (si aplica)
  • Contratos con proveedores y clientes

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Relación con otros epígrafes IAE

Si realizas actividades relacionadas, puedes necesitar múltiples epígrafes:

| Epígrafe | Descripción | Relación con 622 |

|----------|-------------|------------------|

| 621 | Comercio mayorista chatarra y metales | Hermano directo; residuos metálicos |

| 615.2 | Comercio mayorista muebles | Puede incluir muebles usados/recuperados |

| CNAE 38.21 | Recuperación de desechos | Complementario (clasificación estadística) |

| CNAE 46.87 | Comercio mayorista residuos | Complementario (clasificación estadística) |

Consulta nuestra guía sobre epígrafes IAE para entender mejor la estructura completa.

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Preguntas Frecuentes

P: ¿Qué diferencia hay entre IAE 622 y CNAE 38.21 o 46.87?

R: El IAE 622 es la clasificación fiscal española para este tipo de comercio mayorista, mientras que CNAE 38.21 (Recuperación de productos de desecho) y CNAE 46.87 (Comercio mayorista de residuos y desechos) son códigos estadísticos europeos. Aunque complementarios, el IAE es obligatorio para tributar en España. Puedes usar nuestro conversor IAE-CNAE gratuito para entender mejor la relación entre ambos sistemas.

P: ¿Necesito licencia ambiental para comercializar productos de recuperación con IAE 622?

R: Sí, además del IAE, necesitarás una licencia ambiental de tu comunidad autónoma. Los residuos (cartón, vidrio, papeles usados) están regulados por la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados. Debes tramitar esta licencia ante la consejería ambiental de tu región antes de iniciar actividad. Te recomendamos consultar el directorio de gestorías para asesoramiento profesional.

P: ¿Cuál es el régimen de IVA para el comercio mayorista de residuos en 2026?

R: El comercio mayorista de productos de recuperación tributa con IVA estándar (21% en 2026). Sin embargo, algunas operaciones de reciclaje pueden acogerse a exenciones específicas según la naturaleza del residuo y su destino final. Es crucial revisar cada operación con tu asesor fiscal, ya que existen diferencias entre venta de residuos a empresas de reciclaje versus venta a particulares.

P: ¿Qué obligaciones contables tengo con el IAE 622?

R: Debes llevar un libro de registro de residuos (obligatorio por ley ambiental), facturación electrónica a proveedores y clientes, y contabilidad simplificada o completa según volumen de facturación. A partir de 600.000€ anuales es obligatoria contabilidad completa. En 2026, la presentación de facturas al SII es obligatoria en tiempo real para operaciones inmediatas. Mantén documentación de trazabilidad de residuos durante 5 años.

P: ¿Puedo acumular IAE 622 con otras actividades de comercio mayorista?

R: Sí, puedes acumular múltiples epígrafes IAE si realizas varias actividades económicas diferenciadas. Por ejemplo, puedes tener IAE 622 (productos recuperación) junto a IAE 621 (chatarra y metales). Cada epígrafe requiere declaración separada y contribuye a tu cuota de IAE proporcional. Consulta con Hacienda si tus actividades son realmente diferenciadas o constituyen una única actividad.

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Recomendaciones prácticas para 2026

1. Planificación ambiental primero: Antes de solicitar el IAE, asegúrate de tener la licencia ambiental. Muchos emprendedores invierten tiempo en el IAE y luego descubren que la licencia ambiental tarda meses.

2. Documentación digital: Implementa un sistema de registro digital de residuos. En 2026, las administraciones autonómicas cada vez más exigen informes digitales.

3. Asesoramiento profesional: Dado que combinas regulación fiscal y ambiental, es recomendable contar con un gestor administrativo especializado. Consulta el directorio de gestorías.

4. Revisión de la [guía IAE completa](https://conversoriaecnae.es/guia-iae) para entender el contexto general de tu clasificación.

5. Control de ingresos: Mantén un seguimiento riguroso de ingresos para no superar los 600.000€ sin estar preparado para contabilidad completa.

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Conclusión

El IAE 622 es una clasificación fiscal esencial para cualquier negocio dedicado al comercio mayorista de productos de recuperación en 2026. Su gestión requiere atención simultánea a obligaciones fiscales (IAE, IVA, IRPF) y ambientales (licencias, registros, trazabilidad). La clave del éxito es anticipar estos requisitos y contar con asesoramiento profesional desde el inicio.

Si necesitas clarificar la relación entre tu actividad específica y otros códigos, usa nuestro conversor IAE-CNAE gratuito para obtener orientación inmediata.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué diferencia hay entre IAE 622 y CNAE 38.21 o 46.87?

El IAE 622 es la clasificación fiscal española para este tipo de comercio mayorista, mientras que CNAE 38.21 (Recuperación de productos de desecho) y CNAE 46.87 (Comercio mayorista de residuos y desechos) son códigos estadísticos europeos. Aunque complementarios, el IAE es obligatorio para tributar en España. Puedes usar nuestro conversor IAE-CNAE gratuito para entender mejor la relación entre ambos sistemas.

¿Necesito licencia ambiental para comercializar productos de recuperación con IAE 622?

Sí, además del IAE, necesitarás una licencia ambiental de tu comunidad autónoma. Los residuos (cartón, vidrio, papeles usados) están regulados por la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados. Debes tramitar esta licencia ante la consejería ambiental de tu región antes de iniciar actividad. Te recomendamos consultar el directorio de gestorías para asesoramiento profesional.

¿Cuál es el régimen de IVA para el comercio mayorista de residuos en 2026?

El comercio mayorista de productos de recuperación tributa con IVA estándar (21% en 2026). Sin embargo, algunas operaciones de reciclaje pueden acogerse a exenciones específicas según la naturaleza del residuo y su destino final. Es crucial revisar cada operación con tu asesor fiscal, ya que existen diferencias entre venta de residuos a empresas de reciclaje versus venta a particulares.

¿Qué obligaciones contables tengo con el IAE 622?

Debes llevar un libro de registro de residuos (obligatorio por ley ambiental), facturación electrónica a proveedores y clientes, y contabilidad simplificada o completa según volumen de facturación. A partir de 600.000€ anuales es obligatoria contabilidad completa. En 2026, la presentación de facturas al SII es obligatoria en tiempo real para operaciones inmediatas. Mantén documentación de trazabilidad de residuos durante 5 años.

¿Puedo acumular IAE 622 con otras actividades de comercio mayorista?

Sí, puedes acumular múltiples epígrafes IAE si realizas varias actividades económicas diferenciadas. Por ejemplo, puedes tener IAE 622 (productos recuperación) junto a IAE 621 (chatarra y metales). Cada epígrafe requiere declaración separada y contribuye a tu cuota de IAE proporcional. Consulta con Hacienda si tus actividades son realmente diferenciadas o constituyen una única actividad.

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Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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